Tribunal Supremo, Sala de lo Civil
28 Abril1997
Caso No.II CKN 133/97
Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal
Una Sociedad unipersonal constituida conforme a Derecho extranjero no puede ser socio único de una Sociedad de Responsabilidad Limitada polaca si la sociedad extranjera reune las características típicas de una Sociedad de Responsabilidad Limitada polaca.